SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

14/4/14

JUSTICIA PENAL Seguridad laboral: recomiendan invertir en capacitación

Seguridad laboral: recomiendan invertir en capacitación

Las empresas deben profesionalizar la gestión que realizan en el ámbito de la seguridad laboral para mitigar los riesgos de accidentes de trabajo, pero también para documentar los procesos internos que la empresa cumple de forma de minimizar su exposición ante la Administración o la Justicia Penal, señaló Verónica Raffo, socia de Ferrere, durante una conferencia organizada por la firma sobre la aplicación de la ley de Responsabilidad Penal Empresarial, que convocó a más de 200 personas.
"Es clave que las empresas conozcan las normas de salud y seguridad que rigen su actividad, sensibilicen y capaciten a sus empleados, evalúen sus conocimientos, elaboren protocolos y planes de seguridad, controlen su cumplimiento y apliquen sanciones cuando sea necesario. Pero, además, es preciso que realicen todas estas tareas de una manera sistematizada y documentada”, afirmó Raffo. De esta forma, estarán contribuyendo simultáneamente a reducir los índices de siniestralidad y a contar con las pruebas necesarias de su proactividad y cumplimiento en un eventual proceso penal. “Porque no basta con serlo, también hay que parecerlo", opinó.
 
‎En el encuentro, que se llevó a cabo en el Edificio Ferrere, también participó el Inspector General de Trabajo y Seguridad Social, Juan Andrés Roballo, quien señaló que la responsabilidad penal por los accidentes que sufran los trabajadores en el ámbito laboral o por su exposición a situaciones de peligro podría recaer en integrantes de toda la cadena de mando de las empresas. Por lo tanto, podría determinarse que la responsabilidad penal corresponde a empleados de las firmas.
 
Sobre este punto, el Nelson Larrañaga, director del Departamento Laboral y Seguridad Social de Ferrere, indicó que la determinación de la responsabilidad penal surgirá de las investigaciones que instruya el juez que actúe en cada causa. 
 
Además, Larrañaga opinó sobre el alcance de la norma cuando están involucradas empresas tercerizadas. "No sería razonable que un juez penal ampliara el concepto de empleador y comprendiera a otros sujetos que no participaron en la contratación de los trabajadores", sostuvo.  
 
Por otro lado, explicó que “el delito de peligro se configura en caso de que se acredite que el empleador no cumplió con las medidas de seguridad exigidas por la reglamentación y con ello puso en peligro grave y concreto la vida o integridad física del trabajador”. También expresó que “si el trabajador por su exclusiva culpa se expuso a una situación laboral de peligro grave, por ejemplo, por no utilizar el equipo de protección personal, el empleador no debería ser sujeto de responsabilidad penal".
 
Otro elemento en el que hizo hincapié Raffo fue en la necesidad de que las empresas sean “proactivas” al momento de ser inspeccionadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), tomando en cuenta que el contenido y las resoluciones que se adopten en los expedientes administrativos podrán ser remitidas a la justicia penal.
“Es necesario definir claramente quién dentro de la empresa es el interlocutor con más experiencia en materia de seguridad como para recibir y acompañar a los inspectores en una recorrida. Esta persona tiene que controlar minuciosamente el contenido de las actas. La empresa debe alegar sus razones y defender su posición en cada oportunidad que le corresponda. Hay que evitar generar antecedentes negativos o ser inscriptos en el Registro de Infractores de las normas laborales”, enfatizó.
 
En tanto, retomando la idea de que las empresas deben acumular información sistematizada, Leonardo Isoardi, socio de CPA Ferrere, destacó la importancia de que las firmas “inviertan en tecnología para promover la seguridad de sus empleados, lo que les permitirá llevar un registro confiable de las acciones que llevan adelante”. En este sentido, recomendó incorporar equipamiento y software que, por ejemplo, permita controlar que los empleados cumplen efectivamente con las normas de seguridad. “La tecnología disponible actualmente brinda la posibilidad de realizar una trazabilidad de las actividades de los trabajadores. Por lo tanto, es fundamental apoyarse en los avances tecnológicos”, resaltó Isoardi.
 
Por su parte, Lourdes Denis, integrante del Departamento Laboral y Seguridad Social de Ferrere, quien posee una vasta experiencia en el trabajo con empresas en el ámbito de la seguridad laboral, remarcó la necesidad de “sensibilizar” a todos los miembros de la organización sobre la relevancia de trabajar en conjunto para prevenir los accidentes.   
 
Además, recomendó que se elaboren protocolos y planes de seguridad “sencillos y claros”, y que se organicen periódicamente talleres sobre seguridad laboral. “El ámbito natural para definir y negociar estos temas es la Comisión Bipartita de Salud Laboral que debe funcionar en cada empresa. Trabajar en seguridad es una responsabilidad de todos, incluso de los sindicatos, que entendemos deben cooperar en la implementación de las medidas de seguridad”, indicó.
 
“No existen recetas infalibles. Pero todos los que trabajamos en seguridad laboral sabemos que se trata de mitigar riesgos. Nuestra experiencia nos muestra que hay procesos que funcionan y realmente se alinean al objetivo perseguido por todos, que es disminuir la siniestralidad. Eso sí, hay que adaptarlos a la realidad y contexto especifico de cada empresa, hay que profesionalizar la gestión y si es posible introducir tecnología”, concluyó Raffo.

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