SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

8/8/18

Obligatoriedad servicio de Seguridad y Salud Ocupacional : Alimentos y Bebidas

En el día de ayer se aprobó el Decreto que dispone de la obligación de implementar los servicios de " prevención y salud en el trabajo" en las empresas comprendidas en : 

Procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco (grupo N 1)
Industria Láctea ( subgrupo N1)
Bebidas sin alcohol, cervezas y cebada malteada ( subgrupo N 9)
Bebidas sin alcohol, aguas y cervezas ( capítulo N1)

DECRETO

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MONTEVIDEO (Uypress) - El Gobierno ejecutará medidas de protección ambiental para el río Negro, según anunció el ministro interino de Medi...

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