30/9/10
ABORDANDO TEMAS DE PSICOLOGÍA LABORAL
28/9/10
ANALISIS DEL DECRETO 307/2009
A qué se refiere el decreto?
“Establece disposiciones mínimas obligatorias para protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo”
A quienes aplica el decreto 307/2009?
Tomando en cuenta el considerando y el ámbito del aplicación o sea el Art. 1, es claro que:
Se refiere a cualquier actividad que utilice sustancias químicas, ya sea producción, manipulación, transporte, almacenamiento, eliminación y tratamiento de residuos.
Cómo se desarrolla?
Art. 3 Destaca la obligatoriedad del uso de la etiqueta y de la ficha de datos de seguridad, incorporando el Sistema Globalmente Armonizado (SGA) como método para clasificación y etiquetado de las sustancias químicas, con excepción del etiquetado de los fitosanitarios ya contemplados en el Dec. 294/04.
Art. 4 Evaluación de los Riesgos y Plan de Prevención
La empresa debe determinar si existen agentes químicos peligrosos en el lugar de trabajo, si es así, debe evaluar los riesgos para la seguridad y salud, y elaborar un plan de prevención.
4.2 Para realizar la evaluación del riesgo, se debe tomar en cuenta:
- Propiedades peligrosas de la sustancia, sobre todo la información contenida en la ficha de datos de seguridad.
- Los TLV y los BEI, o sea los valores límites de exposición y los índices biológicos de exposición de cada sustancia o mezcla.
- Se adoptan los valores límites de exposición elaborados por la ACGIH.
- Cantidad de sustancia utilizada.
- Tipo, nivel y duración de la exposición del trabajador.
- Se deben incluir las actividades que se realizan en forma ocasional, tales como reparaciones y mantenimiento
- Otras condiciones que influyan sobre los riesgos, como incendio, explosión derrame o fuga.
- El efecto de las medidas preventivas adoptadas.
Si la evaluación revela un riesgo para la salud o se superan los valores límites de exposición, se aplican los artículos 6 (Medidas específicas de prevención y protección) y Art. 7 (Plan de Vigilancia de la Salud conducido por médico laboralista).
Cuando la evaluación da un riesgo leve, se aplican los principios de prevención del Art. 5 (Principios Generales)
La evaluación de los riesgos de exposición por inhalación, debe incluir la medición de las concentraciones del agente en el aire, en la zona de respiración del trabajador.
Las mediciones no serán necesarias cuando se demuestre claramente, por otros medios de evaluación, que se ha logrado una adecuada prevención y protección.
4.10 La evaluación deberá documentarse indicando para cada puesto de trabajo:
· la identificación del puesto de trabajo
· los riesgos existentes
· la relación nominada de los trabajadores
· los resultados de la evaluación de cada riesgo
4.11 El Plan de Prevención también deberá documentarse estableciendo todos los aspectos relacionados con el control de los riesgos detectados y las medidas preventivas, incluyendo los controles periódicos aconsejados.
Art. 5 Aplica los principios Generales para prevención de riesgos por agentes químicos:
· Sustitución del agente.
· Organización del trabajo
· Selección de equipos de trabajo.
· Procedimientos adecuados de uso y mantenimiento de los equipos.
· Adopción de medidas higiénicas adecuadas
· Reducción de las cantidades de los agentes.
· Reducción al mínimo de trabajadores expuestos.
Art. 6 Medidas especificas de prevención y protección.
Sustitución del agente
En caso de no ser posible su sustitución o eliminación, debe garantizar la reducción al mínimo del riesgo, utilizando medidas preventivas en orden de prioridades:
1. Utilización de procedimientos de trabajo, controles técnicos, equipos y materiales que permitan aislar al agente.
2. Medidas de ventilación u otras medidas de protección colectivas, aplicadas en el origen del riesgo.
3. Uso de equipos de protección personal.
6.3 Se deberán tomar medidas, para proteger frente a los riesgos derivados, de agentes que puedan dar lugar a incendios, explosiones u otras reacciones químicas peligrosas.
7 Vigilancia de la Salud
Se deberá realizar la vigilancia de la salud, conducida por Médico laboralista
8 Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias.
8.2 Se deben documentar las actividades previstas para casos de accidentes y
emergencias en un Plan de Respuesta ante Emergencias.
9 Prohibiciones
Se refiere a la prohibición del uso de las sustancias comprendidas en el Decreto 183/82 (agentes cancerígenas).
10 Información y formación de los trabajadores.
11 Consulta y participación de los trabajadores.
12 Este decreto complementa al Decreto 406/88 en lo que respecta a los riesgos químicos, solo sustituyendo el contenido de la etiqueta, con excepción de los fitosanitarios que siguen rigiéndose por el Decreto 294/04.
El decreto alcanza en su totalidad a la empresa. Con un plazo de aplicación de 120 días a partir de su publicación en el diario oficial, (Publicado en la página de Presidencia 3 de julio de 2009) y de un año para el etiquetado.
Debemos prepararnos para la aplicación del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) referente a la comunicación de peligros, clasificación de sustancias, etiquetado y fichas de datos de seguridad. Las fichas de datos de seguridad de los productos químicos peligrosos deberán ajustarse a lo dispuesto en el SGA. Esto implica la dedicación de un tiempo considerable para la modificación de las mismas.
No modifica la reglamentación para el transporte por carretera de mercancías peligrosas, el cual está reglamentado en nuestro país por el Decreto 560/03, el que incorpora el Acuerdo para la Facilitación del Transporte de Mercancías Peligrosas en el MERCOSUR.
John Thompson
COMUNICACIÓN, METODOLOGÍA DIDÁCTICA, ENSEÑANZA, MOTIVACIÓN, MEDIOS AUDIOVISUALES Y VERIFICACIÓN DEL APRENDIZAJE
27/9/10
RECONOCIMIENTO DE DERRAME CEREBRAL
22/9/10
SEMINARIO DE HIGIENE FUNCIONAL DE COLUMNA
21/9/10
INICIO DE CURSO DE OPERADORES DE PRIMEROS AUXILIOS
- Evitar el pánico.
- Reconocimiento del lugar.
- Reconocimiento primario.
- Llamar al S.M.E ( Servicio médico de emergencia).
- Reconocimiento secundario.
19/9/10
LA EDUCACIÓN; UNA TAREA MÁS HUMANIZADORA
14/9/10
GUÍA DE RESPUESTA EN CASO DE EMERGENCIA
CURSO DE OPERADORES DE PRIMEROS AUXILIOS
13/9/10
CHARLA SOBRE MINERÍA EN URUGUAY
SINTESÍS.
Actualmente existen cinco mineras realizando trabajos de prospección en nuestro país, no se dispone de normativa nacional por lo tanto nos basamos en normas internacionales en cuanto a minería y procesos de trabajo seguro, de todas maneras la normativa existente en Uruguay se respeta y es aplicable a todos los niveles, en la escala jerárquica dentro de la empresa ej.: Ley 5032, Ley 16074, Dec 406/88, Dec 372/99, Dec 89/95, Dec 167/88, Ord 145 MSP.
En Uruguay actualmente se trabaja en minas las cuales llamamos a cielo abierto o tajo abierto y existen proyectos de realizar minas subterráneas de hasta 400m de profundidad. Como no poseemos títulos a nivel nacional referentes a minería se recluta personal del extranjero y se valora experiencia en la actividad.
- Prospección (subcontratos empresas de medición)
- Exploración (se cuantifica el mineral en función de la tonelada de material estéril).
- Estudio de factibilidad
- Desarrollo y construcción
- Producción y extracción (voladuras, carguío, transporte, botadero, planta industria)
- Cierre de mina
12/9/10
LA UNIÓN HACE LA FUERZA III
10/9/10
LA NUEVA ERA
La educación es producto de la sociedad: “A través de la historia los diferentes modelos sociales han dado fundamento, a su vez, a diferentes modelos pedagógicos.” De esta manera se plantean distintos modelos de educación en donde el ideal de hombre cambia, según se trate de un modelo u otro.
En este sentido Dermeval Sabiani plantea cuatro teorías:
Pedagogía tradicional
Escuela nueva
Pedagogía tecnicista
Teorías críticas
Podemos analizar la consigna en función de éstos cuatro enfoques.
Así para la pedagogía tradicional la sociedad y el hombre a formar quedaron establecidos con la reforma vareliana. Esta reforma estuvo influenciada por las corrientes positivistas de fines del S. XIX que a su vez se reflejaban en el plano político. La sociedad a la que se enfocaba la reforma vareliana, era a la del joven Estado Uruguayo, en donde era necesario organizar y consolidar las instituciones democráticas. Para este nuevo Estado se necesitaban ciudadanos conscientes. Además el nuevo hombre debía ser productivo, a sí mismo y a la sociedad. “La educación es fortuna, capital atesorado que reditúa constantemente.”(José Pedro Varela)
La “escuela nueva” surge a fines del S.XIX, y principios del SXX, como respuesta a necesidades que la pedagogía tradicional no satisfacía. Al desplazar la atención desde el maestro al alumno se fomentaba el proceso creativo, como forma de lograr un ideal de hombre más protagonista de su tiempo. “Al decir de Sabiani, se trata de una teoría pedagógica que considera que lo importante no es aprender, sino aprender a aprender, sustituyendo la disciplina por la espontaneidad, pasando del directivismo al no directivismo.” La sociedad resultante sería por lo tanto más productiva.
Con la pedagogía tecnicista, pasan a un segundo plano educando y educador, por lo tanto el hombre también pasa a segundo plano. De esta manera se retrocede claramente respecto a los enfoques anteriores ya que se piensa en una sociedad en donde el ser humano adopta un papel secundario. Una sociedad que adopte para sí un modelo de educación tecnicista, (en donde los profesores y alumnos no son protagonistas), crea hombres y mujeres funcionales al sistema, sin margen para el cambio.
Con las teorías críticas, se pretende formar un hombre de espíritu crítico, capaz de forjar su propio destino y el de la sociedad en la cual vive. Surgen a partir del movimiento ideológico propio de la segunda mitad del S.XX.
Las teorías críticas apuntan a una sociedad más justa e igualitaria subvirtiendo el orden establecido.
Gobierno prepara medidas para atacar fuentes de contaminación del río Negro
MONTEVIDEO (Uypress) - El Gobierno ejecutará medidas de protección ambiental para el río Negro, según anunció el ministro interino de Medi...