SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

7/6/18

Sala destinada a la lactancia donde trabajen o estudien veinte o más mujeres o trabajen cincuenta o más empleados

La ley fue votada en agosto y entró en vigencia el 11 de setiembre. Para junio de 2018 todos los locales tanto del sector público como del privado en las que trabajen o estudien 20 mujeres o más, deberán contar con una sala destinada a la lactancia.
En el caso que no haya 20 mujeres, pero trabajen 50 o más empleados, también se aplicará la obligatoriedad.
Las salas deberán tener un lugar donde las mujeres puedan amamantar, extraerse, almacenar y poder conservar la leche materna. El objetivo es evitar que se interrumpa la lactancia aunque la madre deba reintegrarse al trabajo.
Una vez que el espacio esté acondicionado, la empresa deberá comunicarlo al Ministerio de Salud Pública y al de Trabajo y Seguridad Social.

Además, estos ministerios serán los responsables de verificar que se respete la ley y de sancionar económicamente a las instituciones que incumplan.



A partir de este mes de Junio 2018, entra en vigencia la Ley No.19530 donde establece en su Art. 2.:
" En los edificios o locales de los organismos, órganos e instituciones del sector público y privado en las que trabajen o estudien veinte o más mujeres o trabajen cincuenta o más empleados, se deberá contar con una sala destinada a la lactancia."
https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19530-2017

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