SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL

27/3/14

NACIONAL - MERCADO LABORAL Siete consejos a empleadores para cumplir con la ley penal empresarial

Advierten a los empresarios que lo ideal será que acudan a técnicos prevencionistas, brinden charlas de seguridad y realicen controles de espirometría y consumo de marihuana


Un informe del estudio jurídico Guyer & Regules analiza varios casos concretos y cómo se aplica allí la ley de responsabilidad penal recientemente sancionada por el Parlamento. En algunos casos el análisis del socio del estudio y experto en derecho laboral, Leonardo Slinger, da consejos a los empleadores sobre cómo manejarse en el asunto.

1 Técnicos Prevencionistas.

Guyer & Regules recomienda a los empresarios que “revisen las normas de seguridad y prevención que les son aplicables”. Aseguró que deberían comprobar el efectivo cumplimiento de esas medidas.
“Sin duda que, a estos efectos un Técnico Prevencionista o un especialista en seguridad son figuras que pueden ayudar mucho a las empresas que estén en condiciones de contratarlos”, apuntó Slinger. Para eso será clave el decreto que en los próximos días emitirá el Poder Ejecutivo con 400 artículos en los que detallará los criterios de seguridad laboral.

2 Los responsables

El informe advierte sobre distintos casos para aclarar quién sería el responsable en cada caso . Explica que “la ley habla de ‘empleador’, sin realizar distinción alguna, por lo que aplica tanto al Estado como a los particulares”. “El responsable es el empleador o quien ejerza el poder de dirección. Si lo ejerce el empleador es penalmente responsable y si ese poder en materia de seguridad laboral está delegado en otra persona para que lo ejerza efectivamente (gerente, encargado, etc.), es esa persona la responsable”, explicó.
En otro tipo de casos, como por ejemplo, si un particular contrata un servicio (por ejemplo, una reforma, pintura, electricidad) “no se aplica esta ley”, aseguró el experto. “El contratante no es un empleador y no se trata de una relación laboral, por lo que no es alcanzado por las disposiciones de esta ley. “Eventualmente puede caber responsabilidad a la empresa que presta el servicio al contratante”, aclaró.

3 Charlas con los
trabajadores

Slinger consideró que también es necesario “sensibilizar a los trabajadores en la importancia del efectivo cumplimiento de las normas de seguridad; exigir el uso de todos los elementos de protección, y sancionar los incumplimientos que se constaten”. Agregó que en este sentido “los sindicatos debieran asumir su papel”.
“Los sindicatos tienen que dar importancia de este tema y actuar sobre sus afiliados, sensibilizándolos de la relevancia de la seguridad y el cumplimiento de las normas en la materia. Asimismo, las comisiones bipartitas de Salud Laboral de las empresas parecen el ámbito natural para discutir paritariamente estos temas”, agregó.

4 Realizar Espirometrías

El experto recomienda “verificar o controlar” si los trabajadores se encuentra en estado de poder cumplir sus tareas. “Si existe alguna duda o presunción de que el trabajador pueda haber ingerido alcohol o consumido alguna droga, el empleador estaría facultado para pedir que el trabajador se someta al chequeo respectivo para verificar su estado”, estimó. “Considero que el trabajador no podrá negarse, ya que no hay una violación a la su intimidad, sino que lo que se busca es verificar que está en condiciones aptas para el trabajo, y evitar el eventual acaecimiento de un accidente”, agregó.
Slinger observó que “este tipo de controles suele ser resistido por los trabajadores” y que “es muy difícil realizar espirometrías en el ámbito laboral (porque) hay fuertes resistencias por parte de muchos sindicatos”.

5 Riesgos de la marihuana

Si bien se pueden hacer controles sobre el alcohol, no hay una forma rápida de saber si consumió marihuana. Muchas veces los sindicatos cuestionan este tipo de exámenes por ser invasivos de la privacidad. En algunos lugares ya se emplea la espirometría, pero con la marihuana, que será próximamente de venta legal, no hay una forma de control inmediato por parte de los empleadores y, si ocurre un accidente, esto podría, quizá, constatarse a posteriori mediante la intervención médica o del Banco de Seguros del Estado”, explicó Slinger.

6 Los trabajadores rurales

Los accidentes en el sector laboral rural al igual que en la construcción son muy numerosos y también estarán abarcados por la ley, advierte Guyer & Regules. “Esta ley no establece especialidades de sector de actividad. Se aplica a todo tipo de actividad, sin excepciones. Los empleadores rurales podrán ser responsabilizados igual que los del sector industrial, comercial o de servicios”, explicó Slinger. “Por ello la línea de defensa ante esta situación es igual para todos los sectores, aunque resulte difícil de imaginar que un productor rural contrate a un prevencionista en seguridad laboral.

7 Domésticas
y riesgos en altura

En el caso del trabajo doméstico, el experto advierte que no hay normas sobre la seguridad laboral o sanitaria de las empleadas. “El empleo doméstico tiene determinadas obligaciones legales, como su inscripción en el BPS o el seguro de accidentes laborales. Pero no existen normas específicas de salud y seguridad laboral para los hogares como existen para otras actividades, aunque puede haberlas en materia civil o penal en general. Una excepción que ha sido mencionada refiere a la limpieza de vidrios en altura, que, efectivamente, tiene regulaciones de seguridad”, agregó.


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