MONTEVIDEO, 6 Abr (UYPRESS) - UNICEF emitió un comunicado que consigna que cualquier modificar legislación para juzgar a menores de 18 años como adultos, viola los compromisos asumidos por el Estado uruguayo ante la comunidad internacional.
El comunicado señala que la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Uruguay en 1990, establece que ningún menor de 18 años puede ser juzgado como un adulto.
Al mismo tiempo critica al actual sistema de privación de libertad para los adolescentes, consignando las fugas, la falta de penas alternativas, la falta de recursos y la adecuación de dicho sistema.
Se incluye a continuación el comunicado oficial de UNICEF:
POSICIÓN DE UNICEF ANTE EL DEBATE PÚBLICO SOBRE SEGURIDAD CIUDADANA Y ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY
Montevideo, 6 de abril de 2011
En el marco del debate público sobre seguridad ciudadana y adolescentes en conflicto con la ley, UNICEF entiende pertinente realizar las siguientes puntualizaciones:
Cualquier modificación a la legislación nacional que permita juzgar a adolescentes menores de 18 años como adultos, se constituirá en una violación a los compromisos asumidos por el Estado uruguayo ante la comunidad internacional.
El 28 de septiembre de 1990 Uruguay ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño y, por lo tanto, el Estado se comprometió a adoptar las medidas necesarias para garantizar que las normas fijadas en la Convención se apliquen en el país.
En materia de responsabilidad penal de adolescentes la Convención, en sus artículos 1, 37 y 40, establece claramente que:
- Ningún menor de 18 años puede ser juzgado como un adulto.
- Se establezca una edad mínima por debajo de la cual el Estado renuncia a cualquier tipo de responsabilidad penal.
- Se implemente en el país un sistema de responsabilidad penal específico para los menores de edad, que garantice la presunción de inocencia y el debido proceso legal y que establezca penas diferenciadas, donde la privación de libertad se utilice tan sólo como medida de último recurso.
El parlamento uruguayo, en cumplimiento de las obligaciones contraídas, aprobó en el año 2004 la ley número 17.823 – Código de la Niñez y la Adolescencia – que avanza en la adecuación de la normativa nacional a la Convención. En particular, en materia penal, el Código establece un sistema específico para adolescentes entre 13 y 18 años de edad (artículos 69 al 116). Es importante señalar entonces que, pese a la creencia de diferentes sectores de la opinión pública, en Uruguay los adolescentes no son impunes.
COMUNICADO DE PRENSA
Respecto a la implementación del Código, y en particular sobre el funcionamiento del sistema penal de adolescentes, se evidencian importantes dificultades:
En primer lugar, hay consenso entre múltiples actores sobre las inaceptables condiciones en las cuales los adolescentes cumplen la privación de libertad. Esta situación, sumada al significativo número de fugas, alimenta la percepción de impunidad en parte de la opinión pública.
En segundo lugar, se constata una utilización aún limitada de las penas alternativas a la privación de libertad y la necesidad de fortalecerlas para que este tipo de sanciones sean una opción válida y eficiente.
En tercer lugar, se identifica la necesidad de avanzar en la especialización del sistema de justicia penal de adolescentes, a través de la asignación adecuada de recursos y la profundización de la capacitación de los operadores.
En cuarto lugar, la situación de los adolescentes en contacto con el sistema penal juvenil evidencia fallas previas en las políticas públicas del país. Para que el número de potenciales “clientes” del sistema penal se ubique en una dimensión cuantitativa razonable, es necesario reforzar aquellas políticas que tienen como objetivo la promoción de los derechos sociales, económicos y culturales.
Por último, UNICEF reitera su compromiso de continuar apoyando el trabajo del país y a sus autoridades, para asegurar el cumplimiento de todos los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes del Uruguay.